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AEMS Ríos con Vida denuncia el impacto de las repoblaciones con truchas alóctonas

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La pesca y la conservación de la biodiversidad no son incompatibles. Pero sí lo son algunas prácticas relacionadas con la gestión de la pesca deportiva como por ejemplo la introducción de especies exóticas.
En este contexto AEMS-Ríos con Vida ha elaborado este año el documento "Truchas Invasoras: Informe sobre la ilegalidad de las sueltas masivas de trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss) y variedades alóctonas de trucha común (Salmo trutta) con fines de pesca deportiva".
El informe se refiere, en general, a muchos tramos de ríos de todo el país tutelados por la Administración, pero en particular a ciertos cotos y tramos de pesca intensiva, que suelen estar consorciados o cedidos para su gestión a otras entidades. Tras analizar la situación desde diferentes perspectivas y profundizando en la normativa AEMS-Ríos con Vida denuncia que:

  • La liberación al medio natural de especies alóctonas como la trucha común centroeuropea y la trucha arco-iris no encuentra amparo jurídico alguno.
  • No existe constancia de que las CC.AA. y las sociedades privadas de pesca hayan evaluado jamás los riesgos de alteración del equilibrio natural de los ecosistemas fluviales y particularmente sobre Lugares de Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000 de la UE.
Al mismo tiempo AEMS-Ríos con Vida insta a las Administraciones a abandonar de modo inmediato estas prácticas y a establecer las medidas cautelares oportunas para eliminar los ejemplares alóctonos estabulados en las piscifactorías.

Datos técnicos del informe
Autores: Blasco Martínez J.M., Brufau Curiel P. y Rodríguez Ruiz C.
Tïtulo: Truchas Invasoras: Informe sobre la ilegalidad de las sueltas masivas de trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss) y variedades alóctonas de trucha común (Salmo trutta) con fines de pesca deportiva.
Año de edición: 2010
Propiedad Intelectual: AEMS-Ríos con Vida
Descarga aquí el documento
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La Comunidad de Madrid vulnera la normativa ambiental liberando 128.000 kilos de truchas arco iris (Oncorhynchus mykiss) en ríos y embalses de la C.A.

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Fuente: Asociación Vida Silvestre Ibérica
Nota de prensa
El Escorial, a 17 de febrero de 2010
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Como ha sucedido en años anteriores, la Comunidad de Madrid ha ofertado el pasado mes de enero, mediante concurso público publicitado en su página web, dos contratos para la repoblación intensiva con truchas arco iris (Oncorhynchus mykiss) en ríos y en embalses de la comunidad de Madrid. El objetivo de estas sueltas es, exclusivamente, el de la pesca deportiva de los ejemplares liberados. En dichos contratos se contempla la liberación de 128.000 kg de trucha arco iris en los ríos Cofio, Manzanares y Lozoya, así como en los embalses de Navalmedio, La Jarosa, Navacerrada y La Pinilla, entre los años 2009 y 2011.

La asociación Vida Silvestre Ibérica quiere denunciar públicamente estas actuaciones de la comunidad de Madrid, debido a que, según consideramos, se está poniendo en peligro la integridad ecológica de tramos fluviales con importantes valores naturales y se están vulnerando las siguientes normativas ambientales de ámbito comunitario y estatal:

-Directiva 92/43/CEE (Directiva de Hábitats): artículo 22b “Los Estados Miembros deberán asegurarse que la introducción de una especie no afectará a los hábitats, flora y fauna naturales”.

-Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad: artículo 52.2 que “Las Administraciones púbicas competentes prohibirán la introducción de especies, subespecies o razas geográficas alóctonas cuando éstas sean susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos”. Además, esta Ley menciona en su artículo 45.4 que las actuaciones que puedan generar repercusiones negativas sobre espacios incluidos en Red Natura 2000, requieren la realización de una adecuada evaluación de dichas repercusiones.

-Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos: según lo dispuesto en su artículo 3.2 del Capítulo I y en conexión con su anexo II obliga a evaluar preliminarmente el impacto de una determinada actuación que “...pueda afectar directamente o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000” para en su caso someterla a evaluación de impacto ambiental.

-Convenio de Diversidad Biológica: incluye en su artículo 8h para la conservación in-situ de la biodiversidad, “la obligación de impedir la introducción, el control y la erradicación de las especies exóticas que amenacen ecosistemas, hábitats o especies”.

-Convenio de Berna: que establece en su artículo 11.2, que cada Parte Firmante “...deberá controlar estrictamente la introducción de especies exóticas”.

La legislación ambiental existente indica la necesidad de justificar adecuadamente, y solo bajo un control estricto y tras los estudios previos pertinentes la liberación de ejemplares de una especie exótica. Por el contrario la comunidad de Madrid no ha evaluado el grave riesgo de alteración del equilibrio natural de los sistemas fluviales que conforman el objeto de la actuación y que podrían ocasionar las liberaciones de trucha arco iris en el medio natural, y particularmente sobre Lugares de Importancia Comunitaria y sobre la fauna fluvial autóctona. Por lo tanto, solicitamos a la comunidad de Madrid la eliminación inmediata de estas introducciones y la creación de un nuevo modelo de gestión de la pesca deportiva.

Es importante destacar que las sueltas con trucha arco iris afectarían a 4 Lugares de Importancia Comunitaria, pertenecientes a Red Natura 2000: “Cuenca del río Guadarrama”, “Cuenca del río Lozoya y Sierra Norte”, “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y “Cuenca del río Manzanares”. En estos espacios existen inventariadas varias especies de peces de interés comunitario que pueden ser los taxones más perjudicados por la suelta masiva de truchas arco iris, bien por depredación (la arco iris puede depredar sobre otras truchas y sobre ciprínidos), bien por competencia directa por los recursos tróficos. Entre estas especies se encuentran la colmilleja (Cobitis paludica), el calandino (Squalius alburnoides), la boga de río (Chondrostoma polylepis), la pardilla (Chondrostoma lemmingii), el barbo comizo (Barbus comiza) y la bermejuela (Chondrostoma arcasii). Aunque la afección a otras especies de peces pueda ser la más evidente, no podemos olvidar otros impactos más crípticos y cuya valoración es más compleja, como es el hecho de que la liberación intensiva de truchas arco iris produciría un incremento desmesurado de la depredación de pequeños invertebrados acuáticos.

La trucha arco iris es una especie originaria de Norteamérica que se ha introducido intencionadamente con cierta intensidad en numerosos países europeos. En la península Ibérica es una especie que se haya ampliamente distribuida como consecuencia de las reiteradas liberaciones realizadas desde finales del siglo XIX. Por lo tanto, a pesar de que la trucha arco iris puebla los ríos ibéricos desde hace más de un siglo y que parece que no forma poblaciones estables al reproducirse con relativa dificultad, la especie debe considerarse como un elemento alóctono de la fauna ibérica y, como tal, aparece en la Lista Preliminar de Especies Exóticas Invasoras (EEI) establecidas en España y en la Lista Preliminar de EEI cuya erradicación es recomendable en situaciones particulares, ambas recogidas en el libro “Especies Exóticas Invasoras: Diagnóstico y bases para la prevención y el manejo” publicado por el Ministerio de Medio Ambiente.

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Sobrón, en una escapada verás mejillones

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El GEIB denuncia la pasividad de las autoridades medioambientales de Castilla y León frente a la amenaza del mejillón cebra y exige a la Consejería de Medio Ambiente que tome medidas contundentes para frenar su expansión desde el embalse del Sobrón.

El pasado mes de junio el GEIB ya alertó a las autoridades que las disposiciones tomadas hasta la actualidad para el mejillón cebra, como la prohibición de utilizar a la especie como cebo, son insuficientes. Es además del todo irrazonable que las medidas de desinfección previstas sean únicamente de aplicación para la pesca del cangrejo señal y no para otros tipos de pesca en los cuales también se hace uso de equipamientos que pueden actuar como vector para la transferencia involuntaria del mejillón cebra. Se señaló también la necesidad de coordinarse con la Diputación Foral de Álava que ya había establecido la prohibición de la pesca en todas sus modalidades en la parte alavesa del Embalse del Sobrón.

Frente a la pasividad de las autoridades autonómicas y bajo el lema “Sobrón, en una escapada verás mejillones” el GEIB lanza, a través del blog http://geibenaccion.blogspot.com, una campaña de recolección de firmas para pedir a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León que prohíba la pesca en todas sus modalidades en el embalse del Sobrón y en todos aquellos tramos libres o cotos situados en la cuenca del río Ebro con el fin de evitar la propagación del mejillón cebra a otras masas de agua.

Desde el GEIB se hace hincapié en que la toma de esta medida por parte de la Junta de Castilla y León no es una opción sino un deber para evitar que el mejillón cebra acabe con los ecosistemas acuáticos de la comunidad y por consecuencia con la pesca, además de acarrear consecuencias negativas para la industria (plantas potabilizadoras, centrales hidroeléctricas, etc.) y la agricultura (canales de riego, acequias, etc.) con cuantiosas pérdidas económicas.

Baste poner como ejemplo que según una estima realizada en 2005, el coste global de la invasión del mejillón cebra en la cuenca del Ebro podría alcanzar los 40 millones de euros en 2025. Sin embargo, esta cifra podría ser una subestima si se tiene en cuenta que en Estados Unidos el coste provocado por esta especie entre 1993 y 1999 superó los 5.000 millones de dólares, un 60 % de los cuales fue soportado por la industria eléctrica.

¿Asumirá entonces, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, la plena responsabilidad de un desastre anunciado por no haber tomado las medidas de prevención adecuadas?

Para más información sobre la campaña pincha aquí

Para más información sobre la anterior iniciativa sobre mejillón cebra pincha aquí
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El GEIB alerta del impacto del mejillón cebra en Castilla y León

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El Grupo Especialista en Invasiones Biológicas denuncia que el riesgo de expansión de la especie es muy elevado y destaca las consecuencias de la invasión de no tomarse medidas urgentes.

León, España. – En ocasión del Día Mundial del Medio Ambiente el GEIB alerta a la ciudadanía del grave riesgo de expansión del mejillón cebra en las masas de agua castellano-leonesas e insta a la Junta de Castilla y León a poner en marcha medidas para prevenir su expansión.

El GEIB manifiesta su preocupación por el estatus del mejillón cebra en el Embalse del Sobrón (Burgos) de donde podría ser trasladado de forma accidental a otras masas de agua de la comunidad autónoma. La prima cita de le especie en Castilla y León remonta a 2006 cuando se detectaron ejemplares adultos en este embalse.
Los informes técnicos sobre el seguimiento de la fase larvaria del mejillón cebra en la cuenca del Ebro realizados por la Confederación Hidrográfica del Ebro en los años 2007 y 2008 certifican los valores muy elevados de concentración de larvas (todas las fases) en el Embalse del Sobrón donde ya está confirmada la presencia de mejillón cebra adulto, y destacan la zona por ser una de aquellas que han presentado mayores densidades en los muestreos.
Las consecuencias ecológicas de la expansión de la especie para la globalidad de los ecosistemas acuáticos de Castilla y León, un conjunto de masas de aguas que hacen de Castilla y León una de la más importantes reservas piscícolas continental de España podrían ser catastróficas.
Al impacto medioambiental se añaden importantes consecuencias económicas por la pérdida de los valores de uso del ecosistema acuático (pesca y otras actividades recreativas, abastecimiento de agua para consumo humano y uso agrícola, producción de energía eléctrica, etc.) y sanitarias (el mejillón cebra actúa como huésped de Phyillodistomum folium y Bucephalus polymorphus, dos parásitos que afectan a la ictiofauna) así como políticas si la especie llegara a Portugal a través de las cuencas hidrográficas compartidas.
El GEIB pone de manifiesto la necesidad de adoptar con urgencia medidas para frenar este proceso de invasión mucho más incipiente de lo que se había previsto hasta el momento y salvar así las restantes masas de agua de Castilla y León previniendo la aparición de impactos irreversibles.
La organización destaca que en ausencia de medidas los sectores de la pesca deportiva, de la energía y de la agricultura podrían verse seriamente afectados.
Para frenar la invasión del mejillón cebra el GEIB destaca el papel fundamental del sector de la pesca deportiva a la hora de apostar por medidas de prevención contundentes y solicitar una moratoria de cualquier actividad que suponga movimientos de material y de personas que están en contacto con el agua en el embalse del Sobrón y en todos aquellos tramos libres o cotos situados en la cuenca del río Ebro, ya que cualquier personas o elemento físico pueden actuar involuntariamente como vector de transmisión de la especie cuyas larvas apenas miden la décima parte de un milímetro.
El papel del hombre como vector de dispersión de la especie es evidente. Lo testifica el hecho que el mejillón cebra detectado por primera vez en el Ebro en 2001 ha alcanzado desde entonces la cuenca del Jucar (2005), la cuenca del Segura (2006) y recientemente la cuenca del Guadalquivir (2009), todas ellas cuencas no interconectadas.
La Junta de Castilla y León debe tomar medidas ya que la prohibición del uso de mejillón cebra como cebo para la pesca no es en sí misma suficiente así como es ilógico que las medidas de desinfección previstas sean únicamente de aplicación para la pesca del cangrejo señal y no para otros tipos de pesca en las cuales también se hace uso de equipamientos que pueden actuar como vector para la transferencia involuntaria del mejillón cebra. El GEIB subraya además que dichas medidas deberían llevarse a cabo de forma protocolizada garantizando la perfecta desinfección de los equipamientos de pesca y que el agua utilizada en estos procedimientos no sea vertida bajo ningún concepto a masas de agua o a redes de alcantarillado.
En estos días el GEIB ha enviado un escrito dirigido a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León exigiendo la toma de medidas urgentes para reducir el riesgo de expansión del mejillón cebra desde el Ebro a otras masas de agua. Dicho escrito también se ha remitido a la Ministra de Medio Ambiente Medio Rural y Marino, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Directora General del Agua, Presidentes de las Confederaciones Hidrográficas competentes, Diputada Foral de Agricultura de la Diputación Foral de Álava y al Presidente de la Federación de Pesca y Casting de Castilla y León para alertarles del riesgo de expansión del mejillón cebra en Castilla y León.

Para visualizar el texto del escrito pincha en las imágenes.


Departamento de Comunicación
GEIB Grupo Especialista en Invasiones Biológicas

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